reemplaza íntegramente el texto de los artículos 225 , 226 y 229 ; y deroga el Artículo 228. La Ley N° 20.680 citada, en su Artículo 3° modifica el Artículo 21 de la ley Nº 19.947, sobre Matrimonio Civil, incorporada en el Apén- dice de este Código. Artículo 2° modifica el Artículo 42 de la Ley Nº 16.618, de Menores, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el artículo 6º del Decreto con Fuerza de Ley Nº 1 del Ministerio de Justicia de 2000, incorporado al Apéndice de este Código. con fecha 27 de junio de 2013, que "modifica la Ley N° 18.700 , Orgánica Constitucional de Votaciones Populares y Escrutinios, estableciendo la facultad de excusarse de la obligación de ser vocal de mesa para las mujeres en estado de embarazo y puerperio", modifica la Ley N° 18.700 incorporada al apéndice de la Carta Fundamental. En concreto, el Artículo único de la Ley N° 20.682, modifica los artículos 44 , 57 y 138. cordancia: Diario Oficial, la Ley N° 20.675 que "modifica la Ley sobre Donaciones con Fines Culturales, contenida en el artículo 8º de la Ley Nº 18.985". Esta ley en su artículo único sustituye íntegra- mente el Artículo 8° de la Ley N° 18.985. En cuanto a su vigencia el Artículo Primero Transitorio de la Diario Oficial, la Ley N° 20.673 que "modifica la Ley Nº 19.451 respecto a la determinación de quiénes pueden ser considerados donantes de órganos" incorporada en el Apéndice de este Código. En concreto, el artículo único de la Ley N° 20.673 reemplaza íntegramente el texto del artículo 2° bis y deroga el artículo 9° . CÓDIGO DE MINERÍA Oficial el Decreto Supremo N° 34 del Ministerio de Minería que "modifica Decreto Nº 72, de 1985, cuyo texto refundido, sistematizado y co- ordinado se contiene en el Decreto Nº 132, de 2004 , ambos sobre Reglamento de seguridad minera, incorporando a su texto un nuevo Título XV". A dicha norma modificada, que se encuentra incorporada en el apéndice de este Código, se le agrega un TÍTULO XV, nuevo, sobre "Normas de seguridad minera aplicables a faenas mineras que indica" incorporando los artículos 594 a 635. 20.680 que "Introduce modificaciones al Código Civil y a otros cuerpos legales, con el objeto de proteger la integridad del menor en caso de que sus padres vivan separados"; cuyo Artículo 1°: modifica los Artículos 222 , 224 , 227 , 244 y 245 ; agrega los artículos 225-2 y 229-2 nuevos; Entre el 01 y el 30 de Junio de 2013 se produje- ron las siguientes modificaciones a los Códigos de la República, las que han sido incorporadas a las bases de Microjuris. |