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ACTIVIDADES DE EXTENSION ­ XX JORNADAS NACIONALES DE DERECHO DEL TRABAJO
Ello afecta a la democracia. También al tejido
social. Pueden ser muchas las causas que pue-
den explicar lo anterior. Desde el derecho nos
corresponde como juristas, advertir y proponer
las medidas legislativas que se deben adoptar,
frente a un cuadro como el descrito. Me parece
que el problema está más en la representativi-
dad que en la representación.
No podemos aspirar a que todos los trabajado-
res estén sindicalmente representados. Si pode-
mos esperar que en los casos en que existen
sindicatos, éstos sean eficientes. No cabe duda
que la reforma de 2001 fue importante, sin em-
bargo erró al promover la sindicalización sin
entregar los elementos destinados a favorecer
la representatividad. El gran objetivo de política
de derecho en cuanto a la libertad sindical, me
parece, debe estar dado por la consagración del
sindicato más representativo
" (Prof. Francisco
Tapia, Pontificia Universidad Católica de Chile).

¿Cuál es la pertinencia de dedicar las XX Jor-
nadas Nacionales a discutir sobre la organi-
zación sindical en Chile?

"En tiempos de consoli-
dación económica, de la
creciente conciencia ciu-
dadana de una necesaria
mayor equidad, de la ab-
soluta insuficiencia de la
caridad estatal vía bonos
para superar la pobreza
de tantos, de una necesa-
ria profundización de la
democracia, etc., parece
del todo relevante preguntarse por el desarrollo
de la libertad sindical, que inmersa en las rela-
ciones laborales, y trascendiendo este espacio,
en el ámbito de las decisiones políticas y econó-
micas, se constituye en un complejo de dere-
chos que permiten reequilibrar el poder social,
favorecer la redistribución de los excedente del
proceso productivo y garantizar mejores están-
dares laborales, y además puede favorecer
acuerdos de flexibilidad quedando suficiente-
mente resguardados los intereses de los traba-
jadores"
(Rafael Pereira, Presidente de la Socie-
dad Chilena de Derecho del Trabajo y de la Se-
guridad Social, SCHDTSS).

El sindicalismo de países latinoamericanos
está preparado para asumir un rol más deci-
sivo en la definición de sus marcos regulado-
res
17
"El movimiento sindical,
como
pieza
clave
del Estado Social y De-
mocrático de Derecho
(ahora llamado Estado
Constitucional),
lleva
más de un siglo de exis-
tencia en nuestro conti-
nente, tratando de que
su legitimidad social le
permita una participa-
ción más directa y de-
terminante en la defini-
ción de las reglas que lo regularán. Y ello hay
que verlo no desde la perspectiva de una mayor
regulación, sino de una menor y mejor regula-
ción, puesto que el eje del nacimiento, la confi-
guración y actuación de los sujetos colectivos es
la autonomía sindical, lo que implica una hete-
ronomía mínima y una autorregulación máxima.
En tal sentido, al desarrollo de las reglas inter-
nacionales previstas por el convenio 87 de la
OIT, habría que agregarle normas sobre garant-
ías de ejercicio de la libertad sindical y regula-
ciones sobre el fomento de la actuación colecti-
va. Y en ese terreno, la experimentada voz de
los representantes sindical es imprescindible
para que la normativa se adecue a la compleja y
variadísima realidad actual y, por ello mismo,
sea realmente eficaz. Ello sería congruente,
además, con el gran movimiento de autorrefor-
ma sindical que busca que la esfera de la auto-
nomía sindical concurra de manera congruente
con la regulación estatal promotora y garantista
en la adecuación de la tutela colectiva a los re-
tos de la globalización y la descentralización
productiva "(
Prof. Alfredo Villavicencio, PUC de
Perú).
¿Cuál es el rol que debe reconocerse al sindicato
en Chile?

"Los sindicatos son formas legítimas y muy va-
liosas de organización y asociación de los traba-
jadores cuyo princi-
pal valor descansa
en la representativi-
dad que obtienen
de los trabajadores
que libre y volunta-
riamente los inte-
gran, y de su real
capacidad para,